CATEGORIZACIÓN 2011

Prórroga Categorización 2011 - Complementaria 2009
La Coordinación del Programa de Incentivos de la SPU informó que hay una prórroga en los plazos de presentación de las solicitudes para la Categorización 2011. Dicha presentación se prorrogará:
 
Ø      Hasta el 21 de noviembre de 2011 inclusive, para el envío de la Solicitud y la Ficha Docente a la Web, y
Ø      Hasta el 30 de noviembre de 2011 a las 12 hs. inclusive, para la entrega en las Universidades respectivas de la Solicitud y la Ficha Docente impresas. 
Circuito de la presentación en la Universidad Tecnológica Nacional de las solicitudes de categorización 2011 del Programa de Incentivos del Ministerio de Educación.
Convocatoria de Categorización 2011 del Programa de Incentivos del Ministerio de Educación (Complementaria 2009)

Resolución Conjunta de la Secretaria de Políticas Universitarias N° 1234 y Secretaria de Articulación Científico Tecnológica N° 19 del 19 de agosto de 2011.
    
Periodo de la convocatoria
 
A partir del día 03 de octubre al 31 de octubre de 2011 inclusive, se realizará la Convocatoria de Categorización 2011 del Programa de Incentivos del Ministerio de Educación.
 
Características
 
La presentación es voluntaria y en la categorización se aplicarán las mismas Pautas de Evaluación y Currículo que en la convocatoria 2009.

Quiénes pueden presentarse

1. Docentes investigadores que hayan retornado al país y al ámbito universitario, a través de programas oficiales de reinserción implementados por las universidades u organismos oficiales de ciencia y tecnología y que cumplan con las condiciones de admisibilidad establecidas en el Manual de Procedimientos (Resolución del M.E. N° 1879 del 20/11/08), con excepción de las relacionadas con antigüedad en la docencia universitaria y su participación en un proyecto de investigación acreditado. (Ver condiciones de admisibilidad)

2. Docentes investigadores que no tengan una categoría vigente. (Ver condiciones de admisibilidad)
Incluye:
a) los que nunca se presentaron a una categorización del Programa de Incentivos,
b) los que perdieron la categoría por no presentarse en las convocatorias anteriores,
c) los que habiéndose presentado en la Categorización 2009 no hayan obtenido ninguna de las categorías I, II, lII, IV o V establecidas en el Art. 18 del Manual de Procedimientos (Resolución del M.E. N° 1879/08),
d) los que se presentaron en la Categorización 2009 y cuyas solicitudes fueron consideradas inadmisibles, siempre y cuando cumplan con las condiciones de admisibilidad para esta Convocatoria 2011.
 
 
NOTA: Los docentes mencionados en los Puntos 1 y 2 podrán presentar los antecedentes curriculares hasta la fecha de cierre de la presente convocatoria.
 
 
3. Docentes investigadores categorizados, que no se presentaron en 2009 por no cumplir con la exigencia relativa al cargo docente mínimo necesario para obtener una categoría superior, requisito exceptuado en la Res. SPU N° 474/SACT N° 014 del 21 octubre de 2009, que establece: “En la categorización en curso del Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores, no se considerará la exigencia relativa al cargo mínimo docente, prevista en el articulo 18 incisos c-II, d-III y e-IV del Manual de Procedimientos, el que no podrá ser inferior al previsto en el inciso b-II para la categoría IV, del mismo cuerpo normativo”. (Ver condiciones de admisibilidad)
 
NOTA: Por ser una ampliación de la Convocatoria 2009, para los docentes referidos en el punto 3, éstos sólo podrán presentar antecedentes curriculares hasta el 31 de julio de 2009, fecha de cierre de dicha convocatoria.
 
IMPORTANTE:
 
Los docentes investigadores que obtuvieron su categoría mediante la Categorización 2004 NO pueden presentarse a esta convocatoria, debido que la misma es una complementaria de la Categorización 2009.
Los docentes investigadores que obtuvieron categoría mediante la Categorización 2009 NO pueden presentarse a esta convocatoria.
Los docentes mencionados en el Punto 2 c) y d) que hayan interpuesto algunos de los recursos previstos en el Art. 20 del Manual de Procedimientos y cuyo tramite no haya finalizado al cierre de la Convocatoria 2011 NO pueden presentarse a la mencionada convocatoria.


Condiciones de Admisibilidad:
 
1.    Los docentes investigadores que hayan retornado al país y que aspiren a las categorías I, II, III, IV o V deberán cumplir con las siguientes condiciones de admisibilidad:
 
Ø Título de grado universitario y,
Ø Beca de investigación de entidad reconocida (CONICET, ANPCyT, UU.NN, INTA, INTI), o Tesis de Maestría (acreditada por CONEAU) terminada y aprobada, o Tesis de Doctorado (acreditada por CONEAU) terminada y aprobada y,
Ø Cargo Docente de nivel universitario (en la Universidad donde solicita la categoría):
§rentado, en actividad, (al menos Ayudante de 1º o equivalente); rentado, en uso de licencia, (al menos Ayudante de 1º o equivalente) o
§ docente jubilado (con actividad docente)
Ø Constancia de su regreso en el marco del programa de reinserción que corresponda, expedido por el organismo que lo implementó. Deberán adjuntar a la solicitud, constancias de los antecedentes en investigación que haya realizado durante el desarrollo del programa.
 
 
2.    Los docentes investigadores que no tienen una categoría vigente y los no se presentaron en 2009 por no cumplir con la exigencia relativa al cargo docente mínimo necesario (Res. SPU N° 474/SACT N° 014/ 21), deberán cumplir con las siguientes condiciones de admisibilidad
 
 
Ø Título de grado universitario y,
Ø Proyecto de Investigación:
§ De al menos un año de duración (Puede NO ser vigente) o
§ Beca de investigación de entidad reconocida (CONICET, ANPCyT, UU.NN, INTA, INTI), o Tesis de Maestría (acreditada por CONEAU) terminada y aprobada, o Tesis de Doctorado (acreditada por CONEAU) terminada y aprobada y,
Ø Cargo docente de nivel universitario (en la Universidad donde solicita la categoría):
§ rentado, en actividad, (al menos Ayudante de 1º o equivalente); rentado, en uso de licencia, (al menos Ayudante de 1º o equivalente), o
§ docente jubilado (con actividad docente)
 
 
Procedimientos para la presentación de la solicitud:
 
1.   Para descargar o actualizar el CURRÍCULO DIGITAL (versión 10):
Hacer “click” en: http://www.coneau.gov.ar/archivos/fd/instalarfdci.exe .Al ingresar al formulario digital seleccionar la opción incentivos.
IMPORTANTE: la información del currículo debe cargarse en la ficha docente versión 10.
 
2. Para completar la solicitud de categorización y enviar el CURRÍCULO DIGITAL al sistema de categorización:
Hacer “click” en  http://incentivos.siu.edu.ar
 
 
Recuperar la Ficha CONEAU / INCENTIVOS
 
Si usted ya tenía un CURRICULO DIGITAL y desee recuperarlo, deberá hacer click en: http://incentivos.siu.edu.ar  , entrar con su CUIL y contraseña*. Entrar en la opción Importación – Consultar Estado – Descargar Ficha. Debe guardar el archivo en el directorio que desee. Luego para poder verla deberá importarla desde el programa de la CONEAU versión 10opción incentivosPuede descargarlo haciendo click en:
 
*Si olvido su contraseña existe la opción en esa página para recuperar la misma.
 
APOYO TÉCNICO INFORMÁTICO PARA EL FORMULARIO DIGITAL DEL CURRÍCULO EN:
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ANEXO I
 
CATEGORIZACIÓN
 
CUARTA CONVOCATORIA
 
Pautas de Evaluación
 
 
1. ÍNDICES PARA LA ASIGNACIÓN DE CATEGORÍAS
I           1100
II            750
III           500
IV            300
V     100 ptos.   para acceder por 1ra vez y 150 para continuar en el Programa
 
2. FORMACIÓN ACADÉMICA
Puntaje Máximo 200 puntos
Sólo se adjudicará el puntaje del mayor nivel alcanzado
La formación de posgrado efectuada en universidades argentinas a partir de 1998 se computará con el puntaje consignado, cuando corresponda a carreras acreditadas por la COMISION NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACION UNIVERSITARIA o en proceso de acreditación; en otros casos se asignará un 20% menos de puntaje. Para títulos extranjeros, los puntajes a asignar quedan a criterio de los evaluadores, no pudiendo exceder los valores consignados.
2.1   Título de Grado
2.2   Doctorado: 200 puntos
2.3   Maestría: 100 puntos
2.4   Especialización: 50 puntos
2.5  Cursos aprobados de Posgrado: hasta 50 puntos. Se alcanzará el máximo puntaje cuando el número total de horas acumuladas sea igual o superior al de la carrera de especialización.
 
3. DOCENCIA
 
Puntaje Máximo 200 puntos
Consignar sólo el cargo docente universitario rentado de mayor nivel alcanzado y con una duración mayor a un año.
El cargo de Ayudante de Segunda Rentado, consignarlo en la Tabla desplegable de cargos docentes, en la opción “Otros”
 
3.1.a Profesor Titular Ordinario o Regular (200 puntos)
3.1.b Profesor Titular Interino (170 puntos)
 
3.2.a Profesor Asociado Ordinario o Regular (160 puntos)
3.2.b Profesor Asociado Interino (136 puntos)
 
3.3.a Profesor Adjunto Ordinario o Regular (120 puntos)
3.3.b Profesor Adjunto Interino (103 puntos)
 
3.4.a Jefe de Trabajos Prácticos Ordinario o Regular (80 puntos)
3.4.b Jefe de Trabajos Prácticos Interino (68 puntos)
 
3.5.a Ayudante de Primera Categoría Ordinario o Regular (40 puntos)
3.5.b Ayudante de Primera Categoría Interino (34 puntos)
3.5.c  Ayudante de segunda rentado (sólo para considerar la antigüedad         
           docente, no se le asigna puntaje)
 
 
4. ACTIVIDAD Y PRODUCCIÓN EN DOCENCIA  
 
Puntaje Máximo 250 puntos
 
Los puntajes son acumulables, hasta el máximo consignado de 250 puntos.
 
4.1     Libros publicados por editorial con arbitraje y/o comité editorial: hasta 180 puntos
4.2     Capítulos de libros publicados por editorial con arbitraje y/o comité editorial: hasta 60 puntos
4.3      Innovación pedagógica: máximo 80 puntos
a)    Publicaciones con referato: hasta 80 puntos
b)    Publicaciones sin referato: hasta 30 puntos
c)     Presentaciones en congresos: hasta 30 puntos
d)    Otra actividad de innovación pedagógica con aprobación institucional: hasta 30 puntos
4.4          Material didáctico sistematizado: hasta 40 puntos
4.5          Docencia en carreras de posgrado: La docencia de posgrado efectuada en universidades argentinas a partir de 1998 se computará con el puntaje consignado, cuando corresponda a carreras acreditadas por la CONEAU o en proceso de acreditación, en otros casos se asignará un 20% menos de puntaje. Para la docencia en el extranjero los puntajes a asignar quedan a criterio de los evaluadores, no pudiendo exceder los valores consignados.
Puntaje total: hasta 100 puntos
4.6     Otra docencia de posgrado: hasta 50 puntos
4.7          Integrante de tribunales de concursos docentes: hasta 40 puntos
4.8          Integrante de tribunales de tesis de posgrado: hasta 60 puntos
4.9          Dirección de tesis de grado o de trabajos finales de carrera, aprobados: hasta 50 puntos
4.10      Dirección de pasantes: hasta 20 puntos
4.11      Integrante de Comisiones Evaluadoras en organismos de acreditación y/o evaluación docente: hasta 60 puntos
 
 
5. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA O ARTÍSTICA O DESARROLLO TECNOLÓGICO ACREDITADO
 
Puntaje Máximo 200 puntos 
Sólo se adjudicará el puntaje del mayor nivel alcanzado y cuando la participación en los proyectos sea igual o mayor a un año.
En el caso de los becarios, se adjudicará el puntaje a partir de la obtención de la beca.
 
5.1          Programas dirigidos o codirigidos acreditados: entre 100 y 200 puntos
5.2          Proyectos dirigidos acreditados: entre 100 y 160 puntos
5.3          Proyectos coordinados o codirigidos acreditados: entre 80 y 100 puntos
5.4         Integrante (con más de 3años de antigüedad) de proyectos acreditados: entre 40 y 80 puntos
5.5           Integrante (con 1 a 3años de antigüedad) de proyectos acreditados: hasta   
          40 puntos.
5.6           Becario de investigación de entidad reconocida: 20 puntos
 
 
6. ACTIVIDAD Y PRODUCCIÓN EN INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA O DESARROLLO TECNOLÓGICO
 
Puntaje Máximo 300 puntos
Los puntajes son acumulables, hasta el máximo consignado de 300 puntos.
 
6.1    Libros publicados por editorial con arbitraje o comité editorial: hasta 180 puntos
6.2    Capítulos de libros publicados por editorial con arbitraje o comité editorial:    
         hasta 60 puntos
6.3    Patentes y/u otra propiedad intelectual registrada: hasta 130 puntos
6.4    Publicaciones con referato: hasta 200 puntos
6.5    Publicaciones sin referato hasta: 50 puntos
6.6    Desarrollo e innovación tecnológica documentada, hasta un máximo de 200          
         puntos
6.6.a. Con evaluación por entidad evaluadora externa: hasta 200 puntos
6.6.b. No evaluada: hasta 50 puntos
6.7     Presentaciones en reuniones científicas: hasta 60 puntos
6.8.    Conferencias, por invitación, en reuniones científicas de nivel internacional y/u     
          otras distinciones: hasta 80 puntos.
6.9     Evaluación de actividades científicas y tecnológicas: hasta 80 puntos
 
7. PRODUCCIÓN ARTÍSTICA
 
Puntaje Máximo 300 puntos
Los puntajes son acumulables, hasta el máximo consignado de 300 puntos
 
Se incluirán en este ítem las producciones originales en Lenguaje visual, Musical - Sonoro, Corporal, Teatral, Literario, Audiovisual, Multimedial, Diseño en comunicación visual y Diseño de objetos.
 
7.1 Presentación pública (individual o colectiva):
 
7.1.a  Internacional con referato: hasta 100 puntos
7.1.b  Internacional sin referato: hasta 60 puntos
7.1.c  Nacional con referato: hasta 80 puntos
7.1.d  Nacional sin referato: hasta 50 puntos
7.1.e  Local con referato: hasta 60 puntos
7.1.f   Local sin referato: hasta 40 puntos
 
 
7.2 Grabación /Edición /Publicación
 
7.2.a Internacional con referato: hasta 180 puntos
7.2.b Internacional sin referato: hasta 140 puntos
7.2.c Nacional con referato: hasta 160 puntos
7.2.d Nacional sin referato: hasta 120 puntos
7.2.e Local con referato: hasta 140 puntos
7.2.f  Local sin referato: hasta 80 puntos
 
7.3     Premios      
 
7.3.a Premio Internacional: hasta 180 puntos
7.3.b Premio Nacional: hasta 160 puntos
7.3.c Premio Local: hasta 120 puntos
 
 
8. TRANSFERENCIA
 
Puntaje Máximo 300 puntos
Los puntajes son acumulables, hasta el máximo consignado de 300 puntos.
En este rubro se incorporarán aquellas actividades de transferencia que se derivan de la actividad de investigación del docente. En 8.1 no debe consignarse lo declarado en 6.3.
 
8.1       Transferencia de patentesy/u otra propiedad intelectual registrada, con N° de registro:hasta 150 puntos
8.2        Transferencia de investigación científica, desarrollo y /o innovación tecnológica no : hasta 100 puntosregistrada, con N° de inscripción
8.3          Divulgación científica o pedagógica: hasta 50 puntos
8.4      Servicios especiales y asistencia técnica acreditados formalmente: hasta 60 puntos
8.5           Capacitación de extensionistas: hasta 20 puntos
 
 
9. FORMACIÓN Y DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLOGICO Y LA CREACIÓN ARTISTICA
 
Puntaje Máximo 360puntos
Los puntajes son acumulables, hasta el máximo consignado de 360 puntos. La dirección de trabajos de posgrado efectuada en universidades argentinas a partir de 1998 se computará con el puntaje consignado, cuando corresponda a carreras acreditadas por la CONEAU o en proceso de acreditación, en otros casos se asignará un 20% menos de puntaje. Para la docencia en el extranjero los puntajes a asignar quedan a criterio de los evaluadores, no pudiendo exceder los valores consignados.
9.1.a Dirección de tesis de Doctorado, finalizadas y aprobadas: hasta 180 puntos.
9.1.b Codirección de tesis de Doctorado, finalizadas y aprobadas: hasta 180 puntos.
 
9.2 Dirección de investigadores/tecnólogos formados: hasta 140 puntos
 
9.3.a Dirección de tesis de Maestría, finalizadas y aprobadas: hasta 80 puntos
9.3.b Codirección de tesis de Maestría, finalizadas y aprobadas: hasta 80 puntos.
 
9.4.a Dirección de trabajo final de especialización: hasta 50 puntos.
9.4.b Codirección de trabajo final de especialización: hasta 50 puntos.
 
9.5    Dirección de becarios o tesistas de posgrado en curso: hasta 50 puntos
9.6    Dirección de investigadores/tecnólogos en formación: hasta 30 puntos
 
10. GESTIÓN
 
Puntaje Máximo 150 puntos
 
Los puntajes son acumulables, hasta el máximo consignado de 150 puntos.
El puntaje se adjudica por un período de gestión que dure al menos un año.
 
10.1      Rector: 100 puntos
10.2      Vicerrector: 80 puntos
10.3      Decano: 80 puntos
10.4      Vicedecano: 60 puntos
10.5      Secretario de universidad: 60 puntos
10.6      Subsecretario de universidad: 40 puntos
10.7      Secretario de facultad: 40 puntos
10.8      Subsecretario de facultad: 30 puntos
10.9   Director de centro, instituto, escuela, departamento, carrera de posgrado o programa institucional: 40 puntos
10.10    Consejero de Consejo Superior: 30 puntos
10.11    Consejero de Consejo de Facultad: 20 puntos
10.12    Miembro de Comisiones Asesoras, del ámbito universitario: 20 puntos
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