16/9/2025

La Asamblea Universitaria de la UTN elegirá nuevas autoridades para el período 2025-2029

Escrito por: Esp. Lic. Verónica Bravo | Comunicación y Prensa Institucional Rectorado UTN Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
UTN - Foto grupal en el tercer Encuentro Nacional de Universidades MetaRed TIC, X y S Argentina 2025
La Universidad Tecnológica Nacional (UTN) llevará a cabo su Asamblea Universitaria el 24 y 25 de septiembre de 2025 con el objetivo de elegir las nuevas autoridades para el período 2025-2029.

Participarán en el acto 465 asambleístas, entre autoridades y representantes de los cuatro claustros que integran la universidad, entre docentes, estudiantes, personas graduadas y personal nodocente.
El cronograma de acreditaciones
24 de septiembre, de 13:00 a 20:00 h, en el Rectorado de la UTN, Sarmiento 440, piso 2, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
25 de septiembre, de 9:00 a 13:00 h en el Golden Center, Int. Cantilo e Int. Güiraldes 1128, CABA, para asambleístas. Luego de 14:00 a 20:00 h, se realizará la sesión de la Asamblea propiamente dicha.
Antecedentes

En la Asamblea Universitaria de 2021 fueron electos el Ing. Rubén Soro como rector y el Ing. Haroldo Avetta como vicerrector para el mandato 2021‑2025.
Asamblea Universitaria
La Asamblea Universitaria es el órgano supremo del Gobierno de la Universidad. Se reúne convocada por el Rector o a solicitud de la mayoría absoluta del Consejo Superior, o a requerimiento de por lo menos un cuarto (1/4) de los miembros integrantes de la Asamblea Universitaria. En el último caso, el Rector la convocará dentro de los 10 días y de no hacerlo el cuerpo queda facultado institucionalmente para autoconvocarse. Se expresará el objeto de la convocatoria en citaciones personales y públicas que deberán efectuarse con 15 días de anticipación. La Asamblea Universitaria podrá tratar solamente los asuntos para cuya consideración haya sido convocada.
Además, la Asamblea sesionará con al menos la mitad más uno de los miembros que la integran con arreglo al Artículo 104. No logrado quórum, dentro de las 24 horas posteriores a la fecha y hora de su efectiva realización, se citará nuevamente a la misma para sesionar dentro de los 30 días. La Asamblea Universitaria será presidida por el rector o en su ausencia, por el vicerrector. En caso de ausencia o impedimento de ambos, por el consejero docente que ella misma designe.
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