EMERGENCIA ECONÓMICA

 

Visto la actual situación de emergencia económica en todo el ámbito de la Universidad Tecnológica Nacional, y 
CONSIDERANDO : Que existe un desfasaje entre el presupuesto asignado a esta Casa de Estudio para el desarrollo de las funciones sustantivas de la Universidad y las necesidades de financiamiento.
Que además asistimos a una subejecición por parte del Poder Ejecutivo Nacional del presupuesto aprobado por el Congreso Nacional en el 2017, según la Ley 27431 
Qué el desfasaje antedicho no permite acompañar la movilidad salarial e imposibilita la ejecución de partidas presupuestarias básicas de funcionamiento previstas en los distintos "Programas de Otros Gastos" 
Qué el Consejo Superior, a través de la Comisión de Presupuesto y Administración, haciéndose eco de la realidad imperante, analizará las distintas variables que componen la ejecución presupuestaria.
Que todo ello, sin perjuicio de las acciones que en el marco del Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional se realicen, tendientes a corregir el desequilibrio presupuestario que dificulta el logro de una política de una Política de Estado en lo referente a la formación de recursos humanos calificados en el campo de la tecnología y en la instituciones universitarias públicas de gestión estatal, condición necesaria para el desarrollo del sistema productivo nacional.
Qué el tema ha Sido tratado en la Comisión de Presupuesto y Administración y cuenta con despacho favorable por unanimidad .
Que la presente se dicta de la conformidad a las facultades conferidas por el Estatuto Universitario.
Por ello, EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL 
Resuelve 
Artículo 1.- Declarar la emergencia económica en todo el ámbito de la Universidad Tecnológica Nacional .
Artículo 2.- Avalar las acciones del Rector tendientes a sensibilizar a los distintos actores para lograr revertir la actual situación presupuestaria.
Artículo 3.- Notificar fehacientemente la presente resolución en todo el ámbito de la Universidad Tecnológica Nacional y al Consejo Interuniversitario Nacional 
Artículo 4.- Registrese, comuníquese y archívese 
RESOLUCIÓN N° 1373/2018